Preguntas frecuentes sobre IRP
¿Cuáles son los gastos que se pueden considerar para mi IRP?
- Los egresos personales y de familiares a cargo, realizados en el país cuando estén destinados a:
- Alimentación
- Vestimenta
- Alquiler y mantenimiento de vivienda (Propia o de terceros).
- Muebles, electrodomésticos y artículos para el hogar.
- Actividades personales de esparcimiento (ocio del individuo) siempre que se realicen/adquieran en el territorio nacional.
- Gastos por salud y educación realizados tanto en el país como en el exterior.
- El egreso personal por la adquisición de un auto vehículo cada 3 (tres) años. Así también los gastos incurridos en combustible se podrán deducir, sin restricciones.
- El egreso personal por la compra de inmuebles para vivienda uno cada cinco (5) años, incluidas la construcción, remodelación o refacción.
- En caso de independientes, la adquisición de muebles, equipos, la construcción, remodelación o refacción de su oficina o establecimiento destinada a la realización de la actividad gravada.