Preguntas frecuentes sobre IRP

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¿Cuáles son los gastos que se pueden considerar para mi IRP?

  1. Los egresos personales y de familiares a cargo, realizados en el país cuando estén destinados a:
    1. Alimentación
    2. Vestimenta
    3. Alquiler y mantenimiento de vivienda (Propia o de terceros).
    4. Muebles, electrodomésticos y artículos para el hogar.
    5. Actividades personales de esparcimiento (ocio del individuo) siempre que se realicen/adquieran en el territorio nacional.
    6. Gastos por salud y educación realizados tanto en el país como en el exterior.
  2. El egreso personal por la adquisición de un auto vehículo cada 3 (tres) años. Así también los gastos incurridos en combustible se podrán deducir, sin restricciones.
  3. El egreso personal por la compra de inmuebles para vivienda uno cada cinco (5) años, incluidas la construcción, remodelación o refacción.
  4. En caso de independientes, la adquisición de muebles, equipos, la construcción, remodelación o refacción de su oficina o establecimiento destinada a la realización de la actividad gravada.
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